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Del cuerpo principal de la causa Nº 14.217/03 se desprendieron diversas investigaciones. Ello obedeció principalmente a que la causa transitaba por distintos senderos, algunos de los cuales indicaban un estado procesal más avanzado, mientras que otros imponían la profundización de la pesquisa y un nuevo llamado a indagatoria de los imputados.
Esta disímil situación constituyó el fundamento de una primera escisión en la investigación, basada fundamentalmente en evitar injustificadamente la demora en el trámite de una porción del proceso. Esta porción de la causa que reconoció un trámite por separado fue denominada “Testimonios A”.
Esta no fue la única escisión. En efecto, la constante y creciente voluminosidad alcanzada por el cuerpo principal del expediente 14.217/03 y la complejidad de los hechos que allí se investigan atentaban contra el resultado de pruebas producidas respecto de esos otros hechos puntuales. Por ello se consideró que su tramitación en forma conexa pero separada podía evitar el aplazamiento de los distintos estadios procesales de cada una de las investigaciones, permitiendo que las mismas tengan un trámite progresivo.
Las escisiones en cuestión –“Testimonios B” y “Testimonios C”- permitieron dinamizar el avance en la investigación de esos hechos y, a su vez, evitó la demora en la sustanciación de los restantes que integran el objeto del principal –causa Nº 14.217/03-.
A continuación, el detalle de cada uno de los tramos de la investigación:
Su objeto, constituido por 75 hechos y que involucra a diez imputados fue elevado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 en mayo de 2008.
Hacia fines del 2003, también se consideró prudente que de la investigación principal, Nº 14.217/03, se desprendieran dos ejes más de investigación. Esta decisión tuvo fundamento en que los hechos concretos que formaban parte de su objeto reunían denominadores comunes. Esto es comunidad probatoria, identidad de imputados, una particular voluminosidad de prueba ya acumulada y la imperiosa necesidad de ordenar la producción de nuevas medidas de prueba, que completaran las ya existentes.
Por lo demás, la agrupación de las actuaciones en función de esos denominadores comunes ha sido articulada con el fin de optimizar la marcha de los procesos. Ello dio nacimiento a las causas 18.967/03 –originalmente denominada “Testimonios B”- y 18.918/09 –antes denominada “Testimonios C”-.