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    Lesa humanidad: la Cámara Federal de Casación Penal confirma condena y anula absolución de miembros de la CNU

    Lo resolvió la Sala IV, En la causa se juzgan crímenes cometidos por la Concentración Nacional Universitaria, una agrupación para-estatal que formaba parte integral del plan de represión
    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Gustavo M. Hornos (presidente), Mariano Borinsky y Javier Carbajo, confirmó la condena a prisión perpetua de Carlos Ernesto “Indio” Castillo por los delitos de homicidio y sustracción de personas y anuló la absolución de Juan José “Pipi” Pomares. 
     
    En la causa se juzgaban distintos hechos cometidos durante el año 1976 por la CNU (Concentración Nacional Universitaria). Los jueces consideraron que la agrupación para-estatal funcionaba con la aquiescencia absoluta del Estado y que formaba parte integral del plan de represión que era dirigido desde las más altas esferas del gobierno argentino de aquellos tiempos. Luego de analizar las pruebas concluyeron que Castillo formaba parte de este grupo y que había participado en las desapariciones y los homicidios que se juzgaban en este juicio.
     
    Pomares, que también formaba parte de esta agrupación, había sido reconocido, por medio de un álbum de fotografías de la época, por un sobreviviente de los hechos y por el hijo de una de las víctimas que a los 10 años vio cómo se llevaban a su madre. Sin embargo, luego de resolver la nulidad de los reconocimientos fue absuelto por el tribunal oral. 
     
    La casación señaló que el reconocimiento es un medio de prueba válido y que resulta idóneo, apropiado y razonable para este tipo de causas. Así luego de analizar que las pruebas anuladas resultaban dirimentes respecto de la acusación que se le formulaba a Pomares, hizo lugar a los recursos de los querellantes (secretarías de Derechos Humanos de la Nación y de la provincia de Buenos Aires y agrupaciones de familiares de víctimas), anuló su absolución y ordenó que se dicte una nueva sentencia.
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
     
     
     
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