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    Ordenan allanamiento en una vivienda del barrio porteño de San Cristóbal en un caso de violencia doméstica

    Lo dispuso el juez Norberto Tavosnanska, a cargo del Juzgado N° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas. La causa se inició por la denuncia de una mujer contra su hija por amenazas y malos tratos en perjuicio de su nieto de 3 años

    El juez Norberto Tavosnanska, a cargo interinamente del juzgado N° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, ordenó el allanamiento de una vivienda del barrio de San Cristóbal con el objetivo de secuestrar documentación y/o constancias de los establecimientos educativos y médicos a los que concurre un menor de edad, el marco de una causa por amenazas en un contexto de violencia doméstica.

    Además, el magistrado dispuso efectuar exámenes físicos y psicológicos que permitan establecer si el ámbito en el que vive el menor implica un riesgo para su salud física y mental y si se encuentra inmerso en un estado de desprotección o abandono.

    “Entiendo que el cuadro de situación traído a estudio permite afirmar que están dadas las condiciones para proceder de acuerdo con lo solicitado, en tanto revela que concurren las situaciones de excepción necesarias para invadir los ámbitos de intimidad y reserva que protegen a todo individuo frente a cualquier injerencia estatal”, sostuvo el magistrado en su resolución.

    La orden de allanamiento dictada para su ejecución a primera hora de la mañana del día 11 de junio, se enmarcó en una causa iniciada por una mujer contra su propia hija en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a raíz de la amenaza de muerte recibida de boca de su hija, y de los malos tratos hacia su nieto (“pellizcos, empujones y golpes con la mano abierta”, según consta en el expediente, además de no tener controles médicos).

    “No sólo se trata de una diligencia conveniente en relación a los fines de la investigación, sino además, en todo caso, para proteger la integridad psicofísica del menor damnificado, pues se aprecia que existiría violencia física, posible negligencia, maltrato emocional y el vínculo entre la denunciada y su hijo sería conflictivo, lo que iría en desmedro del adecuado desarrollo psicofísico del mismo, tal como concluyó la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN en el informe psicosocial de situación de riesgo”, destaca el juez Tavosnanska.

    Y agrega: “La necesidad de anular dichos riesgos o disminuirlos considerablemente, constituyen los dos pilares en que se asientan los motivos de urgencia que permiten admitir la diligencia peticionada”.

    En la orden de allanamiento dictada el magistrado dispuso la incorporación de personal de la División de Violencia de Género de la Policía Metropolitana, la participación de un médico y un psicólogo del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial para efectuar los exámenes al menor, y establece que el niño “bajo ningún punto de vista deberá ser separado de su madre ni de su abuela al ser sometido a las evaluaciones”. 

    El magistrado porteño también ordenó que la examinación del menor se divida en dos etapas: una primera evaluación en el domicilio de los profesionales participantes y una segunda etapa de evaluación de acuerdo al protocolo previsto en el área médica del Hospital “Pedro Elizalde” en casos de maltrato infantil a fin de “determinar cuáles resultan ser los indicadores de maltrato psíquico o físico o ambos, por comisión u omisión o ambas y además se evalúe los riesgos pasados, presente y proyección del maltrato futuro a nivel psicofísico, como también evaluar el riesgo potencial que podría representar encontrarse a cargo de una madre que no se encuentre en condiciones psíquicas de la crianza del niño”.

     

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