Fecha de publicación:
Jueves, 28 de julio de 2011

Advierten que quienes fueron autoridades de mesa en la primera vuelta deben cumplir esa función en el balotaje

Lo informó el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, de cara a los comicios del domingo. Dijo que por esa tarea recibirán una compensación dineraria y que “la ausencia injustificada es considerada un delito electoral sancionado con pena de prisión”

Ante diversas consultas formuladas ante la Secretaría Electoral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se recuerda a todas aquellas personas que fueron autoridad de mesa de votación en la elección del 10 de julio  que, tal como consta en el nombramiento que recibieron para esa primera vuelta, tienen la obligación de cumplir la misma función en la segunda vuelta del 31 de julio, que por el ejercicio de la función recibirán una compensación dineraria, y que la ausencia injustificada es considerada un delito electoral sancionado con pena de prisión.


Buenos Aires, 28 de julio de 2011
Prensa Tribunal Superior de Justicia CABA