Fecha de publicación:
Miércoles, 13 de septiembre de 2017

El juez Rafecas ordenó la detención de dos imputados en la causa por la explosión en la sede de la empresa Indra

El magistrado dispuso además el allanamiento de la vivienda de los acusados, quienes serán indagados. El hecho ocurrió en la sede de la compañía en Puerto Madero el pasado 10 de agosto y resultaron heridas dos personas

En el marco de la causa en la que se investiga un atentado contra la empresa INDRA mediante un artefacto explosivo que fuera detonado en la sede de la empresa en Puerto Madero el pasado 10 de agosto, del que resultaron dos personas heridas, el Juez Federal Daniel Rafecas dispuso hoy la detención de una persona, Mariano Fresco, de su pareja, Analía Altamirano, ambos de 30 años, y el allanamiento de su vivienda, ubicada en la localidad de Claypole, provincia de Buenos Aires.

En el marco de la investigación, a partir de la reconstrucción de las circunstancias del atentado, se pudo establecer mediante filmaciones del lugar donde se hizo entrega del artefacto explosivo (la sede anterior de la empresa INDRA, en Paraná y Santa Fe), que un hombre a bordo de una moto entregó el paquete en cuestión el día 7 de agosto a las 15.30 horas.

Personal de la Unidad Federal de Investigaciones Especiales (DUFIE) de la Policía Federal Argentina, fue encomendado para relevar las cámaras de filmación del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y de este modo se pudo establecer, siguiendo el recorrido posterior de la moto, el punto de llegada, ubicado en Av. Pueyrredón al 1300, logrando finalmente la instrucción dar con la empresa de Mensajería de la cual partió el encargo, llamada “El líder” ubicada en Pueyrredón 1357, piso 1, oficina 119.

Descartada por el Juez Rafecas la participación dolosa del personal de la mensajería, se les tomó declaración testimonial, y rápidamente se develó que el empleado de la mensajería, Teófilo Soto Guerra, de nacionalidad peruana, había sido quien resultara filmado por las cámaras y quien llevó el paquete a la ex sede de INDRA, con total desconocimiento del contenido del paquete transportado.

La instrucción prosiguió entonces, al establecer que el pedido para llevar dicho paquete había sido recibido mediante un mensaje de whatsapp, de un teléfono celular desconocido, en donde un tal “Gustavo” que dijo ser “sordomudo”, manifestó su deseo de efectuar un envío, y que para ello se lo iba a dejar a un colaborador suyo de nombre “Mariano” que era quien iba a entregar el paquete y pagar el servicio.

Así fue que a Soto Guerra le fue indicado que se dirija a la sede del hotel “Garay” ubicado en Av. Juan de Garay 867 del barrio de Constitución. Allí fue abordado en la puerta del hotel por el tal “Mariano”, quien le entregó el paquete y le pagó el servicio de mensajería. En esa cuadra no se contó con cámaras que pudieran registrar el momento de la entrega, no obstante Soto Guerra efectuó un identikit de la persona que se identificara como “Mariano”.

La investigación continuó mediante el relevamiento de toda la información relacionada con el aparato (IMEI) y la tarjeta SIM inserta, por parte de quien envió el mensaje de whatsapp a la mensajería, el cual, ostentaba llamados previos de personas no vinculadas entre sí, pero que tenían como persona en común, a Mariano Fresco (información lograda a través del estudio de redes sociales). Por otra parte, la misma tarjeta SIM había sido empleada en otro aparato por su pareja, Analía Altamirano, meses antes. Asimismo, la línea telefónica utilizada por Altamirano y la línea telefónica empleada para efectuar el encargo a la mensajería, registran al menos cinco llamadas con abonados en común.

Todo ello, sumado a otros elementos de prueba colectados en la investigación, llevaron a que en el día de la fecha, el Dr. Daniel Rafecas ordenase las detenciones y el allanamiento que son de público conocimiento.

En el domicilio allanado, se hará en primer lugar un trabajo de levantamiento de rastros y huellas dactilares. En segundo lugar, ingresará a la finca personal de Bomberos, especializados en detectar materiales destinados a la posible fabricación de artefactos explosivos. Y en tercer lugar se procederá al ingreso del personal policial afectado al caso, para el secuestro de todos los elementos de interés para la investigación, en especial, teléfonos celulares y tarjetas SIM, computadoras, cuadernos y libretas de anotaciones, agendas, tickets de compras, etc.

Una vez cerrado y elevado el sumario de actuaciones, se procederá a indagar a los detenidos en el día de mañana.

El delito bajo investigación está contemplado en el art. 186 inc. 4° del Código Penal, que castiga con penas de 3 a 15 años de prisión, a quien “causare explosión, si hubiere peligro de muerte para alguna persona”.

Informe: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3