Fecha de publicación:
Jueves, 11 de mayo de 2017

Detuvieron a ocho imputados por crímenes de lesa humanidad

Fue por orden del juez Santiago Inchausti, titular del Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata. Es en el marco de una causa por delitos en la denominada Subzona 1/15. Alcanza a otras dos personas que ya estaban detenidas a disposición de otras dependencias

El Juzgado Federal nº 3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, ordenó las detenciones de personas imputadas por delitos de lesa humanidad en el marco de la causa nº 33005664/2010 (y sus conexas), caratulada “Maspero Aldo Carlos y otros s/ privación ilegal de la libertad y otros” en donde se investigan los procedimientos de secuestro de personas en lo que se denominó la Subzona 1/15 que abarcaba las localidades de General Lavalle, General Juan Madariaga, Mar Chiquita, Balcarce, General Alvarado, General Pueyrredón, Lobería, Necochea y San Cayetano.

El procedimiento estuvo a cargo de personal del Centro de Análisis Comando y Control (CEAC) de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, que logró detener a Emilio Guillermo Nani, Carlos Víctor Milanese, Jorge De Malmayne Duppa, Rubén Enrique Miguel Fernández, Enrique Horacio Capella, Eladio Alberto Arias, Juan Ramón Goicochea y Julio Efraín Irizarri.

También se produjo la detención de Hugo Ernesto Pabon y Carlos Alberto Suárez, quienes ya se encontraban detenidos a disposición de otras dependencias judiciales.

Cabe remarcar que Nani, Milanese, De Malmayne Duppa, Fernández, Capella, Pabon y Suárez se desempeñaron como oficiales de Inteligencia del Ejército, en particular en la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea 601 (AADA 601) y en los grupos de Artillería de Defensa Aérea nº 601 y 602  de la ciudad de Mar del Plata.

Con relación a Arias, Goicochea e Irizarri existen indicios de que los nombrados habrían participado en actividades y procedimientos en el marco de la denominada “lucha contra la subversión” durante la última dictadura cívico-militar. Todas estas personas fueron detenidas entre los días día 4 y 10 de mayo del año en curso y durante el transcurso de estos días se les está recibiendo declaración indagatoria (art. 294 del CPPN).