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    Líneas de investigación

    Del cuerpo principal de la causa Nº 14.217/03 se desprendieron diversas investigaciones. Ello obedeció principalmente a que la causa transitaba por distintos senderos, algunos de los cuales indicaban un estado procesal más avanzado, mientras que otros imponían la profundización de la pesquisa y un nuevo llamado a indagatoria de los imputados.

    Esta disímil situación constituyó el fundamento de una primera escisión en la investigación, basada fundamentalmente en evitar injustificadamente la demora en el trámite de una porción del proceso. Esta porción de la causa que reconoció un trámite por separado fue denominada “Testimonios A”.

    Esta no fue la única escisión. En efecto, la constante y creciente voluminosidad alcanzada por el cuerpo principal del expediente 14.217/03 y la complejidad de los hechos que allí se investigan atentaban contra el resultado de pruebas producidas respecto de esos otros hechos puntuales. Por ello se consideró que su tramitación en forma conexa pero separada podía evitar el aplazamiento de los distintos estadios procesales de cada una de las investigaciones, permitiendo que las mismas tengan un trámite progresivo.

    Las escisiones en cuestión –“Testimonios B” y “Testimonios C”- permitieron dinamizar el avance en la investigación de esos hechos y, a su vez, evitó la demora en la sustanciación de los restantes que integran el objeto del principal –causa Nº 14.217/03-.

    A continuación, el detalle de cada uno de los tramos de la investigación:

     



    Extorsión

    Expediente 18.407/02. Estas actuaciones se iniciaron con motivo del testimonio de Víctor Melchor Basterra, que relató el suceso a través del cual, mientras se encontraba privado ilegalmente de su libertad en dependencias de la Escuela Mecánica de la Armada, fue conminado a dar instrucciones a su madre, Aída Lucinda Aguirre, para que vendiera la casa ubicada en la calle Tuyú, de la localidad de Valentín Alsina, que en realidad le pertenecía al denunciante aunque estaba registralmente anotada a nombre de su madre. La venta se produjo a través de un poder otorgado por Aguirre, bajo promesa de que la situación de su hijo podría mejorar si accedía.

    El despojo de la propiedad inmueble de Basterra s materializó con posterioridad al otorgamiento del poder y fue concretada a un miembro de la Prefectura Naval Argentina. La propiedad nunca fue recuperada y jamás recibieron dinero en compensación por su venta.

    Se procesó a Adolfo Miguel Donda y a Juan Antonio Azic, y las actuaciones fueron elevadas al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 el 10 de marzo de 2009.

     

     

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